Presentación

Invitados por la Iglesia Católica a asumir desde la educación nuestra misión evangelizadora, en el Instituto Parroquial San José nos proponemos la formación integral de la persona en sus aspectos religioso, moral, social, intelectual, físico, cultural y afectivo.

Cimentado en el Evangelio y con Cristo como perfecto modelo de vida, nuestro proyecto educativo  promueve el respeto por las singularidades y la integración de conocimientos, competencias y habilidades con actitudes y valores, buscando convertir al hombre en sujeto de su propio desarrollo, favorecer la elaboración de su proyecto personal de vida y formar ciudadanos capaces de aportar lo mejor de sí a la sociedad.

En nuestro Instituto nos comprometemos a aunar esfuerzos para lograr estos objetivos  y a madurar en la fe, fuerza transformadora que permanentemente guía  nuestra vocación y la misión encomendada.

Este Acuerdo Escolar de Convivencia tiene por finalidad proporcionar un instrumento construido y expresado democrática y participativamente, con intencionalidad pedagógica y con la finalidad de alcanzar juntos un medio social armónico que, iluminado por los valores evangélicos, facilite nuestra labor cotidiana frente al desafío compartido de enseñar y aprender.

Que Dios Nuestro Señor, por la intercesión de la Santísima Virgen y San José, modelos virtuosos en quienes todos los valores humanos encuentran su plena realización, bendiga el camino que juntos recorremos.

Prof. Silvia Alama

Relato del proceso de producción

La presentación que hacemos del AEC (Acuerdo Escolar de Convivencia) de nuestro Instituto responde a la necesidad de revisar y renovar las normativas vigentes en esta materia, según las nuevas disposiciones emanadas del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba (Resol. Nº 149/10).

Consideramos necesario señalar que para la realización de dicho acuerdo los integrantes de la comunidad educativa trabajaron de manera conjunta en la construcción de un marco normativo que regule y promueva la convivencia en nuestro espacio escolar. Para ello, fue necesario establecer un plan de trabajo que nos permitiese arribar de manera satisfactoria a estos propósitos. 

Una vez conocida la Resolución Ministerial (ob. cit.), sus alcances y objetivos, se fue profundizando en nuestro nivel un debate acerca de las distintas formas de regular las relaciones interpersonales, la resolución pacífica de los conflictos, la contribución a la prevención de la violencia y al mejoramiento del clima institucional, según los valores fundantes de nuestra escuela. El espacio abierto a la participación y a la expresión de opiniones se fue convirtiendo en un campo estructurante de nuestra tarea y en un especial aprendizaje de los modos de contribuir al desarrollo de todas las dimensiones de la persona. A partir de reuniones institucionales con el personal docente, creación de equipos de trabajo, programación y realización de numerosas actividades, la escuela ha ido recuperando, desde su interior, el valor del marco normativo y la responsabilidad que todos tenemos en este proceso, en tanto somos sujetos de derechos y obligaciones.

A continuación detallaremos algunos aspectos del proceso de producción de este AEC: 

• Los convocados a participar en la elaboración de estos acuerdos han sido los alumnos de todos los cursos y ciclos de nuestro nivel educativo, sus familias y el   personal directivo, docente y de apoyo (1).

• La organización de este trabajo implicó el seguimiento de un plan que previó encuentros institucionales del personal docente, constitución de un Equipo de Implementación del Proyecto, integrado por la directora, algunos docentes y preceptores; programación, realización y análisis de encuestas (a alumnos, familias, personal docente y de apoyo); constitución de un Equipo Redactor del AEC (integrado por docentes que elaboraron borradores y analizaron conclusiones grupales); evaluación, aprobación y ajuste del acuerdo (por parte del equipo directivo y cuerpo docente) y remisión a la Comisión de Asesoramiento y Revisión.

• Para el relevamiento y recolección de información de los distintos actores institucionales, la escuela utilizó diversos materiales de estudio, consulta, gráficos, presentaciones grupales y producción de documentos para llegar al AEC.

Finalmente, creemos haber logrado hasta aquí una etapa importante en este enorme desafío educacional pero no desconocemos que la implementación efectiva de estos acuerdos requerirá de nuevos aprendizajes, acompañamiento y una evaluación reflexiva de su marcha para instituirse en un instrumento significativo y relevante de nuestro proyecto pedagógico.

(1) Porcentajes de participación: alumnos y docentes, 100%; no docentes, 70%. Respecto de los padres, si bien fueron invitados todos a participar, solo el 5 % hizo devolución del instrumento de consulta. No obstante, en forma oral, numerosos padres manifestaron su acuerdo con lo expresado por sus hijos en las encuestas. 

Fundamentación general

La presencia de acuerdos escolares pretende constituir un marco normativo que regule y promueva la convivencia entre los integrantes de una comunidad educativa(2). Como escuela parroquial inserta en una comunidad de fe, concebimos las normas como guías orientadoras del obrar, y como una contribución al mejoramiento del clima institucional en el que llevamos a cabo nuestro proyecto pedagógico-pastoral. 

Los procesos de interrelación entre los distintos miembros de la escuela incluyen además las formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman la institución, por lo que constituyen no solo una construcción colectiva sino también una responsabilidad de todos sus miembros. Queremos señalar entonces como fundamento de esta convivencia, el compromiso y la responsabilidad social compartida en este proceso. 

Para establecer el marco de relación e intercambio entre los distintos actores (directivos, docentes, personal de apoyo, alumnos, familias) de esta comunidad educativa, es necesario hacer explícitos aquellos valores que proponemos junto con los fines educativos que deseamos alcanzar. En relación con ello, consideramos que educar para la convivencia significa educar en el respeto, la vida, la igualdad, la justicia, la aceptación de la diversidad, la solidaridad, la paz, la participación responsable y el compromiso que cada uno debe asumir para mejorar sus relaciones con la comunidad. También reconocemos como fines significativos de la tarea escolar la formación de la subjetividad de la persona, su socialización y la transmisión de conocimientos y competencias para integrarse al mundo del trabajo y a una sociedad democrática desde la perspectiva del interés común. 

En este Acuerdo Escolar de Convivencia se presentará un cuerpo normativo pensado y fundamentado sobre la base de los debates y consensos establecidos en la participación de los diferentes actores de la comunidad educativa y cuyos propósitos han sido institucionalizar y poner en marcha una relación organizada entre las personas. Las normas en la escuela significan la presencia de límites a determinados comportamientos que se consideran inapropiados y/o que no respetan los acuerdos establecidos respecto de la dignidad de las personas y el reconocimiento de sus derechos y obligaciones. En cuanto a las sanciones escolares, es importante que reafirmen el carácter educativo de las normas favoreciendo el ejercicio responsable de las propias acciones, la búsqueda del bien común, la aceptación de la diversidad y la concepción del otro como semejante.

Sostenemos, entonces, que la construcción de una convivencia saludable se logra con la participación de todos, por lo que el desafío institucional consiste en propiciar cambios en la regulación de las relaciones interpersonales basadas en una convivencia democrática de valores compartidos y encarnados en la cotidianeidad de la escuela; esto es, promover competencias con vistas a la formación de ciudadanos participativos y cristianos comprometidos en una sociedad plural y democrática. A convivir se aprende en cada espacio en que se comparte la vida con otros. En ese sentido, la escuela es un lugar privilegiado para ello.


(2) Acuerdos Escolares de Convivencia. Resolución 149/10 del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba.Ley contra la discriminación. Ley 23.592 Actos Discriminatorios. Decreto 1086/2005. Hacia un Plan contra la discriminación. (LD)Ley de Educación Nacional Nº 26.206 (LEN)Ley de Educación Provincial Nº 9.870/2010 (LEP)Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Nº 26.061 (LPD)Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 93/09

Cuerpo Normativo

I. Trabajo y convivencia institucional (relación con los otros)

En el Instituto Parroquial San José entendemos por convivencia institucional la acción de vivir con los demás en un clima saludable de armonía, alegría, confianza y productividad. A su vez, la concebimos como la relación de las personas entre sí y con las normas y como un intento de equilibrio entre lo individual y lo comunitario. Esperamos que la convivencia favorezca las condiciones institucionales básicas para las relaciones humanas de socialización y aprendizaje, estableciendo en el interior de la institución un espacio adecuado en el cual llevar adelante los proyectos pedagógicos y pastorales integrales. En dichos proyectos consideramos a la persona humana en todas sus dimensiones,  por lo que aspiramos a la formación no solo académica, sino también social, física, psicológica y espiritual. Entendemos también la convivencia como una construcción colectiva caracterizada por la negociación, la colaboración, el consenso y la resolución pacífica de los conflictos teniendo en cuenta a las personas como sujetos tanto de derechos como de obligaciones. Es importante para una buena convivencia el respeto por la integridad física y moral de todos los miembros de la institución. Como así también el cuidado de la imagen institucional. Asimismo, valoramos el trabajo en equipo enmarcado en el compañerismo y la solidaridad, respetando y aceptando las diferencias. En el  Instituto Parroquial San José consideramos importante el acompañamiento (seguimiento y apoyo) de la familia en el proceso de formación de nuestros alumnos sabiendo que es función propia de ella la educación de sus hijos y la nuestra acompañar dicho proceso.

Las actuales formas de comunicación y de relaciones interpersonales han generado prácticas comunicativas novedosas en las que lo público y lo privado han ido perdiendo sus límites y, a la vez, han propiciado formas inéditas de estar con los otros. Es por esto que en el Instituto Parroquial San José favorecemos el uso responsable y prudente de los medios informáticos. A partir de lo expresado, el  Instituto Parroquial San José se compromete en la enseñanza y defensa de:

• La responsabilidad

• Libertad, justicia y compromiso

• Honestidad, respeto y bien común

• Solidaridad y compañerismo

• Aceptación de la diversidad

• Integridad física y moral

• Cuidado de la imagen institucional

• Trabajo en equipo 

En la línea de lo expresado, entendemos que para la concreción del fin último de la institución -los procesos de enseñanza y de aprendizaje- ciertas actitudes y comportamientos resultan inaceptables:

• Las distintas formas de maltrato y violencia entre las personas; la descalificación y/o la agresión a otros, ya sea de manera verbal, gestual o escrita. 

• Cualquier tipo de amenaza, ya sea física, verbal o escrita o por cualquier otro medio. 

• Toda forma de exclusión y discriminación a partir de diferencias y/o de abuso de poder. 

• El incumplimiento con respecto al material de trabajo indispensable para los procesos de enseñanza y aprendizaje.

• El entorpecimiento de la comunicación entre los distintos actores de la institución. 

• La adulteración, falsificación, simulación o cualquier otro tipo de acción que atente contra la honestidad y el respeto por el otro y su trabajo. 

• El uso de vocabulario, señas, modales y todo tipo de comportamiento irrespetuoso hacia cualquier miembro de la institución o hacia sus representaciones tales como los símbolos patrios y religiosos.

• La publicación de agresiones o acciones discriminatorias en las que esté implicado cualquiera de los miembros de la comunidad educativa. 

II. Materiales e infraestructura (cuidado de las cosas)

En el Instituto Parroquial San José valoramos las cosas como medios para la concreción de un fin determinado, esto es, para la educación de nuestros alumnos en un clima de orden y limpieza que facilite el aprendizaje. Por ello, consideramos de suma importancia el cuidado de las cosas, tanto las personales como  las comunitarias. De esta forma, entendemos que este cuidado tiene que ver con la propiedad de todos los miembros de la institución, pero, además, con el respeto por los objetos de los espacios públicos de nuestra ciudad. Es así que propiciamos el respeto por los bienes tanto muebles como inmuebles y somos conscientes de que las cosas materiales son productos del esfuerzo de todos en conjunto. Alentamos el uso responsable de los materiales que tengan por fin la educación, propiciando su utilización  democrática. Asimismo estimulamos la adquisición de nuevos materiales y la reposición de aquellos dañados o extraviados, pues, es responsabilidad personal y compartida el cuidado de nuestro espacio escolar y sus objetos materiales. 

En resumen, en el Instituto Parroquial San José pretendemos defender y enseñar los siguientes valores:

• El orden, limpieza y cuidado

• El respeto por los bienes muebles e inmuebles

• El cuidado del medio ambiente.

Por ello, la escuela no aceptará, ya que atentan contra la buena convivencia y actúan en perjuicio de la enseñanza y el aprendizaje, situaciones tales como:

• Descuidar el orden y la limpieza del espacio educativo personal y comunitario

• Utilizar de manera inadecuada,  dañar o extraviar los bienes muebles e inmuebles del Instituto, como así también los de cualquiera de sus miembros o mostrar desidia en el cuidado de los materiales de trabajo, propios y ajenos

•  Ingresar cualquier tipo de material que no tenga por objeto los procesos de enseñanza y aprendizaje. 

III. Presentación personal (cuidado de sí) (3)

En el Instituto Parroquial San José consideramos de suma importancia el respeto por la vida, como un valor ético fundamental de todo ser humano considerado como persona digna hecha a imagen y semejanza del Creador. Sostenemos que la vida es un proyecto que realiza el hombre a lo largo de su existencia, en su camino de crecimiento personal y comunitario. Como la vida está ligada al cuerpo, apreciamos su respeto y cuidado como expresión de nuestro ser en el mundo. Por esto, una adecuada presentación personal es parte importante a la hora de manifestar el cuidado de sí. 

La presentación personal es un signo de respeto y consideración hacia uno mismo y al prójimo, por lo tanto, la Institución considera que todos sus miembros deben presentarse en el colegio con una adecuada higiene personal y correctamente vestidos. 

Entendemos que en el caso de uso del uniforme, por cualquiera de los actores institucionales, es una forma de expresión simbólica de la igualdad entre los miembros a la vez que manifiesta el sentido de pertenencia a la escuela construyendo una identidad personal y comunitaria, incluyendo al alumno en la Institución y a la comunidad educativa en la comunidad barrial. A la vez, la igualdad manifestada a través de una vestimenta austera evitaría situaciones de ostentación y discriminación. De ahí que, en lo que respecta al cuidado de sí, entendemos como valores fundamentales:  

• El respeto por la vida

• El respeto y cuidado del cuerpo 

• La adecuada presentación e higiene personal

• La identidad personal e institucional y la austeridad.

En esta línea consideramos inapropiados, por atentar contra la formación integral de la persona, los siguientes casos: 

• Poner en riesgo la integridad física personal• Atentar contra la carga simbólica y el sentido de pertenencia representado en los signos institucionales, tales como, las banderas ceremoniales, el  escudo, el uniforme, crucifijos e imágenes religiosas, etc. 

• La falta de higiene personal y toda acción que no se encuadre dentro de modales adecuados de convivencia para una institución escolar. 

(3) Ver Reglamento Interno correspondiente a uniforme y presentación de los estudiantes 

IV. Uso de los tiempos (4)

Los tiempos educativos mantienen una relación de índole pedagógica con la organización temporal de contenidos, habilidades, actitudes y aprendizajes en general. Por ello valoramos positivamente la presencia activa y comprometida de los miembros de la comunidad educativa en todas las instancias planificadas. En consecuencia, el Instituto Parroquial San José ha estructurado su plan de estudio y de formación integral considerando la gradualidad de los contenidos y aprovechando al máximo los distintos momentos educativos para una correcta y completa formación académica y personal de nuestros alumnos. 

El uso de los tiempos individuales puede favorecer o dificultar el aprovechamiento del tiempo de trabajo colectivo, afectando los procesos y resultados educativos. Por esto es indispensable el uso responsable de los tiempos propios y  el respeto por los ajenos.

En relación con el uso de los tiempos, entonces, sostenemos que los siguientes valores dan sentido y orientan las prácticas escolares:

 • Asistencia y puntualidad• Responsabilidad en el uso de los tiempos propios y respeto por los ajenos

• Respeto de los distintos momentos educativos.

Por atentar contra los tiempos pedagógicos previstos para un desarrollo integral del proceso educativo, no se aceptarán las siguientes acciones:

 • La impuntualidad

• El no ingreso al aula correspondiente para participar de cualquiera de las clases diarias, sin que medie la expresa autorización de alguna autoridad

• La ausencia y/o retiro anticipado de actividades obligatorias, previstas y comunicadas, propias de proyectos especiales (jornadas de aprendizaje-servicio, ensayos teatrales, armado de exposiciones, actos escolares), sin causa justificada. 

(4) Ver Reglamento Interno correspondiente al Régimen de asistencia de los estudiantes 

Sanciones

Las normas son inseparables de las sanciones, por lo que si hay transgresión a las normas, lo esperable es que haya sanción. En esta escuela acordamos, entonces, que las sanciones se aplican ante faltas leves, graves y muy graves. 

• Consideramos faltas leves aquellas que no repercuten significativamente en la relación con los demás aunque la dificultan en alguna medida, al mismo tiempo que impiden el normal desarrollo de la vida institucional y su fin propio, la educación. Ejemplos de estas faltas son: La interrupción injustificada de una clase; la falta de aseo e higiene personal; la falta de puntualidad en el ingreso a clase; la asistencia a clase sin el material escolar necesario de manera injustificada; el uso de accesorios y vestimentas no acordes con el uniforme escolar; la falta del uniforme reglamentario completo; la falta de trabajo en el aula; la introducción y uso de cualquier objeto que no tenga como fin el proceso de la enseñanza y el aprendizaje, tales como revistas, reproductores de música, etc., entre otras faltas. 

• Valoramos como faltas graves aquellos actos y actitudes que ponen en riesgo la propia seguridad y la de los demás a la vez que obstaculizan directamente el fin educativo de la institución. Por ejemplo: la reincidencia en las faltas leves; cualquier acto de indisciplina, individual o colectivo, que impida el normal desarrollo de las actividades de la institución; arrojar objetos en el curso; ausentarse de una hora de clase sin autorización; el copiado en una evaluación y cualquier otra falta de igual gravedad que no constituya una falta muy grave. 

• Juzgamos como faltas muy graves a aquellas acciones que atenten explícita y directamente contra la integridad física, psicológica o moral de cualquier miembro de la institución, contra la identidad de las personas, contra la propiedad de los integrantes de la institución o de la institución misma. Podemos nombrar los siguientes ejemplos: la reiteración de las faltas graves; la violencia y la agresión de cualquier tipo y a cualquier persona de la comunidad educativa; la discriminación por cualquier medio; la rotura de los bienes de la institución; la falsificación de documentación oficial de la institución; ausentarse del colegio sin la debida autorización; la sustracción y/o destrucción de propiedad ajena; la introducción y uso de objetos o sustancias perjudiciales para la salud e integridad propia y de los demás, entre otras. 

Puesto que la sanción busca restaurar un equilibrio perdido por la transgresión a la norma, para su aplicación tendremos en cuenta los siguientes criterios:

• la gradualidad, es decir, para la aplicación de una sanción se deberán tener en cuenta los procesos previos de advertencia; 

•  la proporcionalidad, esto es, se deberá procurar siempre que la sanción tenga relación con la transgresión; 

• todo proceso de análisis de una situación pasible de sanción buscará poner en contexto la falta; en otras palabras, en cada caso se establecerá qué sanción corresponde a cada norma transgredida, en qué situación se desatendió la normativa, a quién/es afecta y cuál es la historia escolar del sujeto que incurrió en la falta.

Como escuela comprometida en la formación de valores para la convivencia democrática, la sanción deberá reafirmar el carácter educativo de la norma, impidiendo la impunidad e incorporand, a la vez, el valor reparador de la sanción. Asimismo, todos aquellos hechos que atenten contra la integridad y dignidad de las personas constituirán límites innegociables e inaceptables por esta institución.

Se considerarán las siguientes modalidades de sanción:

 a) Sanciones de advertencia: pretenden llamar la atención sobre el hecho ocurrido o hacerlo notar, con la finalidad de que el sujeto  tome conciencia de la importancia de no transgredir la normativa acordada y reflexione sobre el comportamiento que desoyó tal normativa. También tienen como objetivo aconsejar, enseñar y, sobre todo, prevenir. Este tipo de sanción puede vehiculizarse a través de apercibimientos orales, firmas en el libro de disciplina u otras formas, siempre que tal acción vaya acompañada de diálogo y reflexión sobre la falta cometida.

b) Sanciones reparadoras (morales o materiales): tienen la finalidad de que se internalice la responsabilidad de las acciones y, además, desagraviar a la persona ofendida,  restablecer lazos de cordialidad y respeto o satisfacer las demandas del bien común, incluso de orden material o físico. La devolución de un bien ajeno o perteneciente a la comunidad, la compra y reparación de material dañado, el pedido de disculpas, la exposición de la reflexión personal sobre un valor desatendido, etc. son algunas formas de esta modalidad sancionatoria.

c) Sanciones basadas en contratos: valorizan el sentido del compromiso y la palabra dada, a la vez que remarcan la validez de la reciprocidad en el cumplimiento de las normas y la correlación entre deber y derecho. Esta modalidad se concretiza en actas acuerdo o promesas escritas de reparación y cambios de comportamiento.

d) Sanciones experienciales: su valor está en la experiencia de sentir, conocer o presenciar situaciones que ayuden a internalizar el valor de la vida en comunidad basado en el cumplimiento de los acuerdos. Tienen sentido reparatorio y de aprendizaje. Los trabajos comunitarios, las tareas de investigación sobre temáticas relacionadas con el valor no tenido en cuenta al cometer la falta y la exposición-explicación a partir de lo investigado, experiencias pedagógico-pastorales para favorecer el sentido comunitario y la empatía con los otros  suelen ser mecanismos sancionatorios que persiguen los objetivos enunciados.

e) Sanciones punitivas: esta modalidad de sanciones pretende hacer notar y reafirmar los límites que se imponen a las acciones individuales en pos de una buena convivencia. Su valor, entonces, está en la fuerte marca indicativa de lo que se considera inaceptable y merece una acción correctiva. Son indicadoras de que las faltas no quedan impunes. Siempre, este tipo de sanción, deberá enmarcarse en un ámbito de reflexión y aprendizaje. Son ejemplos de este tipo las amonestaciones,  los apercibimientos escritos y las suspensiones.

En todos los casos la decisión final la tendrá la dirección del instituto, previéndose la intervención del Consejo Escolar de Convivencia en los casos para los que así se considere (ver apartado correspondiente).

Consejo Escolar de Convivencia

Funciones

Entendemos al Consejo de Convivencia como un grupo conformado por distintos miembros de la Institución que tiene a su cargo las siguientes funciones:

•  Analizar los casos de incumplimiento del Acuerdo de Convivencia y su marco normativo. 

•  Sugerir las sanciones disciplinarias pertinentes de acuerdo a las proposiciones del presente Acuerdo.

•  Proponer a la Dirección la aplicación de medidas tendientes a mejorar la convivencia a fin de crear contextos óptimos para la enseñanza y el aprendizaje.

•  Mediar en situaciones conflictivas entre los distintos miembros de la Comunidad Educativa.

•  Proponer un encuentro con cualquier miembro de la Comunidad Educativa con el que haya surgido algún problema, a fin de evaluar la situación,  consultar, debatir, proponer y negociar vías de solución con el único fin de mediar entre las partes involucradas.

• Informar a la Dirección cuando tome conocimiento de problemas entre un docente y uno o varios alumnos. En este caso, si lo considera conveniente y a criterio del equipo directivo, el Consejo podrá mediar para la solución del conflicto.

•  Revisar el Acuerdo de Convivencia vigente cada tres años y proponer la revisión o elaboración  de futuros acuerdos.

•  Sugerir la intervención o asesoramiento de personas especializadas si las situaciones o hechos así lo requiriesen.

Integrantes y Períodos 

El Consejo de Convivencia estará conformado por nueve (9) integrantes, a saber:

•  Un miembro del equipo directivo •  Dos profesores

•  Un preceptor

•  Un integrante del gabinete psicopedagógico

•  Dos padres - uno por el Ciclo Básico y otro por el Ciclo Orientado - 

•  Dos estudiantes, uno de tercer año y otro de sexto año.

 Los docentes (profesores, preceptor e integrante del gabinete psicopedagógico) durarán en su función un (1) año y podrán ser reelegidos. El primer periodo será de aceptación obligatoria, mientras que para el inmediatamente subsiguiente el profesor podrá optar por continuar o no. 

Los padres y los estudiantes durarán en sus funciones 1(un) año. Estos últimos perderán el derecho a pertenecer al Consejo de Convivencia cuando sean sancionados por faltas graves y/o muy graves durante el periodo de sus funciones. 

 Un miembro del equipo directivo será Presidente del Consejo de Convivencia, y  entre el resto de sus miembros se nombrará un secretario que tendrá a su cargo la redacción de las actas.

El equipo directivo convocará al consejo cuando exista un hecho grave o muy grave que amerite una sanción previa notificación por escrito.  La frecuencia de convocatoria del Consejo Escolar de Convivencia, no podrá ser menor de cuatro veces por año.

Elección de los integrantes del CEC 

•  Los docentes y el preceptor se designarán a través de elección directa en la primera reunión del año por votación de los mismos docentes y preceptores del colegio. Se eligirá un titular y un suplente.

•  Los padres serán elegidos por sorteo entre aquellos que se postulen voluntariamente en la reunión de padres que se realiza al comienzo de cada año lectivo, designando además a dos suplentes por cada ciclo. Su participación no generará ningún tipo de relación de dependencia laboral o económica y su trabajo será ad honorem.

•  Los representantes estudiantiles serán elegidos por votación de sus compañeros de cada ciclo. 

•  La asistencia de los integrantes a las reuniones del consejo serán de carácter obligatorio, siendo necesarios para su funcionamiento la asistencia de al menos 5 (cinco) de sus miembros. 

•  En el caso de que no se alcance el número mínimo de integrantes para sesionar se convocará a una nueva reunión dentro de los 4 días lectivos siguientes a la primera reunión convocada. Si por alguna razón no se pudiera sesionar esta segunda vez las autoridades del colegio podrán tomar una decisión independientemente del Consejo de Convivencia.

Trámite de las sanciones disciplinarias 

Los docentes podrán solicitar el tratamiento de presuntos casos de incumplimiento del presente acuerdo y la aplicación de una sanción si correspondiere. El Consejo de Convivencia sugerirá, a su criterio y en función de lo acordado en el presente documento, la sanción a aplicar y la notificará a la Dirección que avalará o no dicha resolución. 

 

Las sanciones serán apelables, pues se deciden con el convencimiento de que debe existir el derecho a réplica. Se deberán apelar por escrito, ante la Dirección del nivel y constituyen jurisprudencia.

Compromiso docente

En tanto colegio parroquial, el Instituto San José es partícipe activo de la misión evangelizadora de la Iglesia. En ese marco, sus docentes nos comprometemos a mostrar el rostro, las palabras y los gestos del gran Maestro, Jesucristo. Como educadores católicos, nos comprometemos a basar nuestras enseñanzas en principios humanos a la vez que cristianos tales como la inclusión, la tolerancia, la justicia y el testimonio coherente entre palabra y vida.

Los docentes del Instituto Parroquial San José renovamos el compromiso de ser propulsores de la formación de ciudadanos comprometidos con los valores éticos y democráticos de nuestra sociedad.

Respetuosos de la singularidad de cada miembro de la comunidad educativa en las expresiones de su personalidad, creatividad, ideología y desempeño de su rol, asumimos el compromiso de cuidar la integridad del estudiante y de respetar sus derechos. Además, quienes tenemos a cargo la formación de jóvenes depositamos en ellos las más altas expectativas, comprometiéndonos a comprender al alumno no solo como un receptor sino también como un generador de conocimiento, fortaleciendo en el otro la capacidad de definir su propio proyecto de vida.

Este respeto por la individualidad y la formación de la subjetividad se construye en la escucha atenta, que los docentes nos comprometemos a propiciar y defender, en el marco de espacios de comunicación basados en el diálogo que propicie el consenso,  la negociación que garantice la correlación entre deber y derecho y la mediación que proponga solución a los conflictos.

Todo ello será posible en un clima ameno de paz y cordialidad, construido a partir de la hospitalidad y el cuidado del bien común que todos propiciaremos. Solo de esta forma, docentes y alumnos entenderemos la escuela como un espacio seguro y de acompañamiento mutuo.

Los docentes del Instituto Parroquial San José asumimos el rol de aprendientes que procuran la formación permanente enriquecida por la experiencia  de la labor diaria en una comunidad de aprendizaje. El compromiso como profesionales de la educación está, principalmente, en educar en los valores enunciados en este AEC, favoreciendo los procesos de aprendizaje que generen conocimientos sobre conceptos, habilidades, procedimientos y actitudes que permitan la formación de ciudadanos comprometidos con la sociedad.

Nos comprometemos a ser defensores de los consensos establecidos en el presente AEC como marco normativo de la institución; igualmente, asumimos la responsabilidad de monitorear el cumplimiento de los acuerdos de convivencia y a evaluar el seguimiento y la adecuación de sus postulados a los principios que surjan con el objetivo de mejorar el clima de trabajo y que respondan a nuestra cultura institucional. 

Bibliografía

• Acuerdos Escolares de Convivencia. Resolución 149/10 del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba.

• Constitución Nacional de la República Argentina.

• Constitución Provincial de Córdoba.

• Convención sobre los Derechos del Niño 3 – ONU A.G. Res. 44/25 Doc. A/44/49 (1989), entrada en vigor 2 de setiembre de 1990. (CDN)

• Diccionario de la lengua española, Real Academia Española. De http://www.rae.es/rae.html

• Documento Aparecida En: V Conferencia General del Episcopado Latinoamericano y del Caribe. Brasil, 13 al 31 de Mayo de 2007.

• Instituto Parroquial San José (1996).  Proyecto Educativo Institucional, Cba.

• Junta Arquidiocesana de Educación Católica (2005). Documento Marco. Escuelas Parroquiales y Diocesanas. Arquidiócesis de Córdoba.

• Ley contra la discriminación. Ley 23.592 Actos Discriminatorios. Decreto1086/2005. Hacia un Plan contra la discriminación. (LD)

• Ley de Educación Nacional Nº 26.206 (LEN)

• Ley de Educación Provincial Nº 8113 (LEP)

• Ley de Educación Provincial Nº 9.870/2010 (LEP)

• Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Nº 26.061 (LPD)

• Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria (CFE Nº 84/09) (CFE)

• Maldonado, H. (2004). Aprender a convivir en la escuela. De un paradigma a otro. En Maldonado, H. (Comp.) Convivencia Escolar Ensayos y Experiencias. Buenos Aires: Lugar Editorial.

• Olmeida J. & Torrego Seijo J. (1999). Resolución de los conflictos de convivencia en centros escolares. Textos de Educación Permanente. España: UNED.

• Orientación para la Organización Pedagógica e Institucional de la Educación Secundaria Obligatoria. Resolución del CFE Nº 93/09• Programa Nacional de Convivencia Escolar (2008). Ministerio de Educación de la Nación, Bs. As

------------Renovación del acuerdo normativo sobre convivencia escolar. Cuadernillo I.

------------Renovación del acuerdo normativo sobre convivencia escolar. Cuadernillo II

------------Renovación del acuerdo normativo sobre convivencia escolar. Cuadernillo III. 

• Programa Nacional de Convivencia Escolar (2010). Ministerio de Educación de la Nación. Consejos Escolares de Convivencia. Cuadernillo de trabajo para las escuelas, Bs As.• Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 93/09