Nivel Superior
El Instituto Parroquial San José es una Institución Educativa pública de gestión privada.Los estudiantes de Nivel Superior que eligen libremente esta institución para su formación profesional integran la comunidad educativa y se comprometen a asumir como propios los objetivos y proyecto educativo, la identidad católica, el ideario institucional y reglamento del Instituto. Los servicios educativos que presta el Instituto son arancelados conforme la legislación vigente.Los aranceles son autorizados por el organismo oficial de control, Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza (D.G.I.P.E.) y comunicados a los estudiantes mediante circulares contables.Los aranceles no incluyen documentación del estudiante, uniformes, movilidad, material de estudio, apuntes, fotocopias, actividades especiales, salidas educativas, prácticas ni gastos de colación de grado.Los estudiantes asumen, al matricularse el compromiso del pago en tiempo y forma de los aranceles.
Circulares y notificaciones
Las circulares y notificaciones de Administración se enviarán por medio de los estudiantes o vía correo electrónico o herramientas digitales autorizadas por las partes a tal fin y se considerarán fehacientemente conocidas por los padres y/o tutores aunque no se reciba devuelto el talón de notificación firmado o confirmación de recepción de notificación digital.Los estudiantes proporcionarán al establecimiento educativo una dirección de correo electrónico y número de teléfono celular para recibir las comunicaciones del Instituto.
Incumplimientos
En caso de incumplimiento por parte del estudiante de las normativas institucionales y/o pago en término de los aranceles, el Instituto se reserva el derecho de admisión y no matriculación para el próximo ciclo lectivo.
Matriculación
Cuotas mensuales
Trayecto Pastoral y regulares especiales
Ayudas económicas · Becas
1. La disminución de aranceles (beca) tiene por única finalidad ayudar a los estudiantes que atraviesan dificultades económicas, que les imposibilite abonar la totalidad de los aranceles establecidos para la prestación del servicio educativo.
2. Se presentará un formulario por estudiante solicitante.• Tener abonado la cuota completa del mes de abril.
• Notificarse en Administración de la resolución adoptada hasta la fecha fijada cada año a tal fin. En caso de no cumplimentar la notificación se considerará desistido el pedido.
9. Las becas otorgadas tienen vigencia hasta el 31 de agosto y sobre los aranceles mensuales a partir del mes de mayo. En el mes de agosto se evaluará la renovación automática para el resto del año para quienes cumplimenten el punto 10) del presente, caso contrario caducarán.
10. Requisitos para conservar la beca otorgada a partir del 31 de agosto:
• Mantener dificultades económicas.
• Mantener buen rendimiento académico y no registrar conductas inadecuadas con el estilo formativo de la Institución.
• Cumplir en tiempo y forma el pago del porcentaje de cuota que deba abonar (beca parcial).