Disposiciones Arancelarias

Nivel Inicial · Primario · Secundario

El Instituto Parroquial San José es una Institución educativa de gestión privada.Las familias que eligen libremente esta escuela para la educación de sus hijos integran la comunidad educativa y se comprometen a asumir como propios los objetivos y proyecto educativo, la identidad católica, el ideario institucional y las normas de convivencia y reglamentos del Instituto. Los servicios educativos que presta el Instituto son arancelados conforme la legislación vigente.Los aranceles son autorizados por el organismo oficial de control, Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza (D.G.I.P.E.) y comunicados a las familias mediante circulares contables. Los aranceles no incluyen documentación del estudiante, uniformes, material de estudio, apuntes, fotocopias, impresiones de tareas, actividades especiales (intertribus, obras de teatro, títeres, etc.) ni salidas educativas. Los padres y/o tutores asumen al matricular al estudiante el compromiso del pago en tiempo y forma de los aranceles. 

Circulares y notificaciones

Las circulares y notificaciones de Administración se enviarán por medio de los estudiantes o vía correo electrónico o herramientas digitales autorizadas por las partes a tal fin y se considerarán fehacientemente conocidas por los padres y/o tutores aunque no se reciba devuelto el talón de notificación firmado o confirmación de recepción de notificación digital. Los padres proporcionarán al Instituto una dirección de correo electrónico y número de teléfono celular para recibir las comunicaciones del Instituto.

Incumplimientos

En caso de incumplimiento por parte del estudiante o su familia de las normativas institucionales y/o pago en término de los aranceles, el Instituto se reserva el derecho de admisión y no matriculación para el próximo ciclo lectivo. 

Matriculación

  • La matriculación es anual en las fechas que el Instituto fije para cada período lectivo en cada nivel educativo.•  El monto de la matrícula anual será fijado por el Instituto quién establecerá la forma de pago.
  • El Instituto fijará las fechas y montos de reserva de matrícula. Los importes abonados en este concepto serán descontados del monto de la matrícula anual fijada.
  • La cancelación de la matrícula anual otorga la condición de alumno regular del Instituto y lo habilita para el cursado del ciclo lectivo para el que se inscribe. 
  • Para acceder a la matrícula del/los estudiantes, las familias no deberán registrar deuda en la Institución por ningún concepto.
  • Cumplida la fecha fijada para la matriculación sin que se hubiere cumplimentado el trámite académico y administrativo y cancelado íntegramente el monto de matrícula, el Instituto dispondrá de la vacante sin excepción. 
  • Abonada parte o el total de la reserva o matrícula, si no se cumplimenta el trámite académico o se desiste de la matriculación, no será reintegrado importe alguno.

Cuotas Mensuales

  • El servicio educativo anual se divide en cuotas. En los niveles Inicial y Primario en nueve (9) cuotas mensuales y consecutivas que se abonarán de marzo a noviembre inclusive de cada ciclo lectivo y en el nivel Secundario en diez (10) cuotas mensuales y consecutivas que se abonarán de marzo a diciembre inclusive de cada ciclo lectivo.
  • El valor de las cuotas se comunicará por circular. 
  • El valor de las cuotas pueden sufrir modificaciones conforme incrementos que autorice la autoridad de control D.G.I.P.E.•   Los cupones de pago serán enviados mensualmente a las familias por medio de los estudiantes.
  • Las cuotas mensuales podrán abonarse en Pago Fácil, sucursales del Banco de la Provincia de Córdoba S.A. o tarjeta de débito/crédito en el Instituto.
  • Vencida la fecha que se fije como primer vencimiento en los cupones de pago, las cuotas devengarán los intereses que el Instituto fije a tal fin cada año.
  • Las cuotas vencidas impagas deberán ser regularizadas en Administración del Instituto, quién emitirá un nuevo cupón de pago.
  • Producido el vencimiento de dos (2) cuotas mensuales impagas, el Instituto remitirá la deuda a Estudio Jurídico para  las gestiones de cobro prejudicial y/o judicial de lo adeudado, en cuyo caso deberán abonarse los gastos y honorarios que se generen. Las cuotas mensuales siguientes que no fueren abonadas en término, pasarán automáticamente al Estudio Jurídico para su cobro.
  • En casos excepcionales el Instituto podrá otorgar a su sola opción facilidades o planes especiales de pago, para los cuales podrá solicitar las garantías que considere necesarias a fin de asegurar su cumplimiento.
  • El Instituto se reserva el derecho de incluir a los deudores en base de datos de morosos. 

Ayudas económicas · Becas

  • Anualmente el Instituto dispondrá de cupos limitados de becas para otorgar en porcentajes a las familias que atraviesen concretas y probadas dificultades económicas para afrontar el pago de cuotas mensuales.
  • Las familias deberán hacer uso responsable al solicitar la reducción de aranceles para no perjudicar a otras familias.
  • Podrá ser beneficiario de ayuda económica un sólo estudiante por familia.
  • Las familias que tengan un solo estudiante en el Instituto podrán ser beneficiarias de ayuda económica en casos excepcionales y sólo cuando queden cupos disponibles.

Reglamentación

1. La disminución de aranceles (beca) tiene por única finalidad ayudar a familias que atraviesan dificultades económicas, que les imposibilite abonar la totalidad de los aranceles establecidos para la prestación del servicio educativo de su hijo/a.

2. Se presentará un solo formulario por familia. 

3. La recepción de la solicitud no otorga derechos adquiridos y queda sujeta a la resolución que adopte el establecimiento educativo, la que tendrá carácter de definitiva.

4. El Instituto verificará mediante la visita de un Asistente Social los datos consignados en la solicitud y evaluará su otorgamiento total, parcial o denegación, conforme a los datos recabados y documentación solicitada, períodos en que ha gozado el beneficio con anterioridad y cupos de becas existentes, pudiendo otorgar la beca al estudiante para el que se solicita o para otro estudiante hijo/a de la familia. 

5. Las solicitudes se recibirán en Administración en el momento de inscripción del estudiante. Vencido el plazo no se admitirán nuevas solicitudes.

6. Los formularios de beca deberán presentarse completos con todos los datos solicitados en letra imprenta  y abonar el arancel correspondiente a la visita del Asistente Social. No se recibirán solicitudes incompletas.

7. La documentación requerida deberá ser entregada en Administración adjunta al formulario de solicitud Beca.

8. Requisitos para solicitar beca:

•   La familia no debe registrar deuda en el Instituto.

•   Tener abonada Matrículas correspondientes al año para el cual se solicita la beca.

•    Acreditar dificultades económicas.

Actividades Extracurriculares

Los estudiantes que participen de actividades extracurriculares abonarán la cantidad de cuotas mensuales establecidas por el Instituto al inicio de cada año, las que podrán sufrir incrementos por mayores costos. Las mismas se abonarán en Administración del Instituto y están destinadas a cubrir parte de los gastos que demanda la actividad. Las cuotas no incluyen indumentaria y movilidad.